Monotributo AFIP

¿Cuentan las facturas impagas para el límite del Monotributo?

Sí, las facturas impagas cuentan para el límite del Monotributo. El criterio que aplica AFIP es el 'devengado' (lo facturado), no el 'percibido' (lo cobrado). Esto significa que desde el momento en que emitís el comprobante, ese monto ya cuenta para tu límite anual, independientemente de si tu cliente pagó o no.

Esto es un punto importante a tener en cuenta: si emitís una factura en diciembre y te la pagan en febrero, ese ingreso cuenta para el período en que la emitiste (diciembre), no para cuando la cobraste.

Si tenés una factura que definitivamente no vas a cobrar (por ejemplo, un cliente que no pagó y ya pasó mucho tiempo), la forma correcta de eliminarla de tu facturación es emitir una Nota de Crédito que la cancele. La Nota de Crédito reduce el total de tu facturación en el período en que la emitís.

Nunca 'anules' una factura sin emitir la Nota de Crédito correspondiente, ya que AFIP igual considerará el importe del comprobante original. Si cometiste el error de no emitir la Nota de Crédito en su momento, consultá con un contador sobre cómo regularizar la situación.

Otras preguntas frecuentes

¿Cómo saber si me excedí del límite de facturación del Monotributo en AFIP?

Para saber si te excediste, debés sumar todos los comprobantes emitidos (Facturas C o E) durante los últimos 12 meses móviles y comparar el total con el tope máximo de tu categoría vigente. Los 12 meses móviles no son el año calendario (enero-diciembre), sino los 12 meses anteriores a la fecha de control, independientemente de cuándo empiece el año.

¿Qué pasa si me paso de la categoría máxima del Monotributo?

Si superás el límite de ingresos brutos de la categoría máxima (K), AFIP puede excluirte del Monotributo de oficio, sin previo aviso. Esto implica pasar al Régimen General como Responsable Inscripto, lo que conlleva obligaciones impositivas significativamente más complejas y costosas.

¿Cómo calcular mi facturación anual para la recategorización semestral?

La recategorización del Monotributo se realiza dos veces por año: en enero (por el período julio-diciembre del año anterior) y en julio (por el período enero-junio del mismo año). Para cada recategorización, debés sumar los ingresos brutos de los 12 meses anteriores al período de control.

¿AFIP controla mis gastos con tarjeta y movimientos bancarios siendo Monotributista?

Sí, AFIP tiene un sistema de cruces de información muy sofisticado. Como monotributista, tus movimientos bancarios, consumos con tarjeta de crédito y débito, compras de propiedades, operaciones en el exterior y otras variables quedan registradas y son cruzadas con tu facturación declarada.